miércoles, septiembre 11, 2024
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Comunicado del Partido Popular de Carcabuey (Voto de investidura)

COMUNICADO PP: ESTE DOCUMENTO DE CONDICIONES SE LA HA PRESENTADO A IU PARA GARANTIZAR NUESTRO VOTO DE INVESTIDURA. SI NO SON ACEPTADAS, OTRAS CONDICIONES SIMILARES SE EXIGIRÁN AL PSOE PARA DARLE LA INVESTIDURA.

<<CONDICIONES INVESTIDURA (IU) LEGISLATURA 2015

I).Vistos los resultados de las elecciones locales del pasado 24 de mayo, que arrojan un empate técnico en número de votos entre las listas IU (687 votos) y PSOE (641 votos), que otorgan al PP la potestad de condicionar la investidura.

II).Analizados los antecedentes en Carcabuey, según los cuales el PP ha otorgado la investidura a IU en dos ocasiones (2003 y 2007) sin ser la lista más votada y con más de 200 votos de diferencia respecto a la candidatura ganadora (PSOE).

III).Escuchados a los GM de PSOE e IU en sendas reuniones previas a la investidura del 13 de junio.

IV).Habiendo decidido el conjunto de la candidatura del PP la modificación de nuestra estrategia política en la legítima defensa de los intereses de nuestro Grupo y con el único objetivo de seguir sirviendo los intereses generales de nuestro pueblo con responsabilidad pero sin candidez ni ingenuidad

PROPONEMOS AL GM-IU LAS SIGUIENTES CONDICIONES BAJO LAS CUALES EL GM-PP SE COMPROMETE A FACILITAR LA INVESTIDURA A IU COMO LISTA MÁS VOTADA

Condiciones “políticas”

Entendemos que durante toda la legislatura y durante la campaña electoral se han manipulado y tergiversado algunos asuntos de manera intencionada y demagógica que han pretendido, en el contexto de un falso debate, erosionar ante la opinión pública la credibilidad y la responsable oposición ejercida por el GM-PP. Ante esto no podemos quedar impasibles y es por ello que exigimos al GM-IU una rectificación pública y por escrito de su actuación en algunos temas, rectificación que es simplemente el reconocimiento de la verdad existente en las actas y demás documentos públicos. Pues, a pesar de esa evidencia, la habilidad propagandística de IU ha podido torticeramente desviar la correcta interpretación de la verdad, que es lo que ahora exigimos corregir y dar la razón a quien la tiene.

-Reconocimiento por escrito del Alcalde saliente, o del GM-IU electo, de las irregularidades y errores (intencionados o no para nosotros es irrelevante) en la gestión de la compra del solar de la plaza y la autorización de la instalación de la terraza del Parque Municipal. En concreto que el solar se compró sin seguir las prescripciones legales y condicionantes acordados por la Corporación tal como refleja el correspondiente Expediente Administrativo; y la autorización de la terraza del Parque se otorgó sin los informes previos obligatorios. Respecto a la terraza del Parque, además, requerimos el compromiso de que en caso de indemnización al promotor esta se hará con cargo al GM-IU.

-Reconocimiento por escrito del Teniente de Alcalde 1º saliente, o del GM-IU electo, de que la actualización catastral realizada durante la legislatura ha generado unos agravios por liquidaciones retroactivas que no eran deseados por la Corporación, y esto debido a errores en la transmisión de las instrucciones a la empresa gestora por parte del responsable de Hacienda, errores que se pudieron subsanar en posteriores expedientes pero no en el primer grupo, revisado antes de comprobar las consecuencias de la tramitación inadecuada.

-Reconocimiento por escrito del GM-IU que “IU votó en contra de presentar alegaciones y defender la instalación de la empresa Patatas San Nicasio en la legislatura 2007-2011”.

-No utilizar el Ayuntamiento para fines partidistas, en concreto hacer oposición desleal a los gobiernos del PP, ni incluir en el Orden del Día de los Plenos asuntos de no competencia municipal y cuyo único objetivo es plantear polémicas de política nacional inútiles a efectos prácticos y únicamente de interés partidista.

Las anteriores Condiciones “políticas” se firmarán en documento específico previamente a la sesión de Investidura.

Condiciones de cesión de competencias

Durante la pasada legislatura el GM-PP ha llevado la iniciativa en algunas cuestiones (aún pendientes) que consideramos se han gestionado con cierto desinterés o desidia, y sin embargo entendemos que constituyen asuntos de especial relevancia para el interés general y la equidad de la actuación municipal. Por eso exigimos una delegación puntual de competencias para esas cuestiones al amparo del artículo 21.3 dela Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, delegación que cesará a petición del GM-PP una vez finalizadas las gestiones independientemente del resultado de las mismas, exitoso o no.

-Delegación del Alcalde al Portavoz del GM-PP mediante Decreto (art. 21.3 Ley 7/1985) para gestionar el contencioso sobre la Fundación Camacho Lozano con el Obispado y el Protectorado de Fundaciones de la Junta, dando cuenta de dichas gestiones de manera puntual a la Corporación. A delegar en la primera semana de toma de posesión.

-Delegación del Alcalde por Decreto a uno de los concejales del GM-PP para gestionar con la empresa encargada de la actualización catastral (Grupo Ciem) las incidencias de liquidaciones retroactivas generadas a consecuencia de dicha actualización, así como ultimar una Ordenanza de Bonificación adecuada y legal para eliminar el máximo posible de agravios ocasionados. A delegar en la primera semana de toma de posesión.

Condiciones de funcionamiento y organización municipal.

-La candidatura de PP a las elecciones locales había acordado previamente a la celebración de las mismas que en caso de ganar las elecciones y conformar gobierno, únicamente solicitaría la liberación por dedicación exclusiva de solo un miembro del equipo de gobierno. En esa línea condicionamos nuestra posición en la investidura a que se acepte este planteamiento.

-Que los dos concejales del GM-PP sean miembros de todas las Comisiones Informativas.

-Representación del Ayuntamiento en Colegio y Centro de Día de Mayores al PP.

Cláusula de rescisión del presente acuerdo.

En caso de incumplimiento de alguna de las condiciones del presente acuerdo por parte del GM-IU, el GM-PP quedará liberado del compromiso adquirido a todos los efectos, incluida la posibilidad de presentación de Moción de Censura prevista en el artículo 197 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General.

Los integrantes de los Grupos Municipales de Izquierda Unida y Partido Popular, en prueba de conformidad con cuanto antecede lo firman por duplicado ejemplar de tres folios cada uno en Carcabuey a                                       de junio de 2015.     >>

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